ESTATUTOS



ESTATUTOS

Estatutos válidos para las asociaciones cuyo ámbito de actuación sea todo el territorio del Estado.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Denominación
Con la denominación AYALDONG se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, del 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y normas, con plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.

Artículo 2. Duración
Esta asociación se constituye hasta el año 2030.

Artículo 3. Fines
La asociación tiene como fines:
  1. Ponerse en acción, aportando nuestro granito de arena, para ayudar a conseguir el 2º Objetivo de desarrollo sostenible “Hambre cero” en el año 2030.
  2. Informar para concienciar a todo el alumnado de la importancia del aprovechamiento de la comida, de una buena alimentación y de que el hambre en el mundo es un problema que nos afecta a todos y en el que todos tenemos nuestra parte de responsabilidad.
  3. Adoptar, por parte de todo el alumnado de primaria, una dieta sana, sostenible y diversa.

Artículo 4. Actividades.
 Para el cumplimiento de estos fines se realizaran las siguientes actividades:

  1. Presentaciones por todo primaria anunciando las actividades que se van a hacer.
  2. Tabla con frases comparativas entre lo que está bien y lo que está mal.
  3. Pirámide de alimentos en los pasillos principales de los cursos y en el comedor.
  4. Carteles y crucigramas de concienciación para reciclar y aprovechamiento de los alimentos.
  5. Carteles informativos de concienciación para fomentar el comerse todo lo que está en el plato e imágenes motivantes.
  6. Repartir folletos por las clases de primaria para animar a comer fruta y verdura.
  7. Repartir folletos por las clases de primaria para despertar la participación y sensibilizar. 
  8. Expresiones orales en las clases de primaria, sobre el hambre en el mundo, sus cifras y consecuencias.
  9. Fomentar la participación con la recogida de alimentos para el banco de alimentos.
10. Termómetro del hambre
11. Fomentar y motivar al alumnado en la carrera contra el hambre.
12. Sistema de puntos para que las alumnas de primaria coman todo. Los puntos se canjearán por pulseras de diferentes estilos, lazos, llaveros, talleres de información, concienciación y lúdicos, talleres de pintura.
13. Lazos de color esperanza para las alumnas comprometidas con las actividades de la ONG.
14. Teatros
15. Pulseras de “foam” con el nombre de la ONG.
16. Manualidades solidarias los lunes en el patio de la mañana.
17. FRUTA CIEGA. Haremos un puesto con frutas. En cada tipo de fruta habrá dos piezas, una fea y una brillante. Taparemos los ojos de las participantes y degustarán las dos piezas de la misma fruta. Les preguntaremos cuál les ha gustado más. Se trata de concienciar a las niñas de que la fruta fea es buena para el consumo. Proponemos que se haga el 1 de marzo en el patio de la mañana.
18. COMPETICIÓN DE DIBUJO. Esta actividad voluntaria será para las alumnas de primaria y consiste en hacer un dibujo sobre el hambre cero . Colgaremos los dibujos en los patios, comedor, pasillos…..
19. MUSEO. Esta actividad trata de enseñar a las alumnas lo malo que es desperdiciar la comida. Se hará una exposición en el patio de fotos sobre lo que sucede cuando desperdiciamos comida, se harán presentaciones de lo que sucederá si continuamos desperdiciando comida.
20. Pediremos ayuda al taller de madres para poder confeccionar nuestra mascota en disfraz, y así poder divulgar de forma más impactante y visual nuestro mensaje.

Artículo 5. Domicilio social.
La asociación establece su domicilio social en la calle Aiartza, nº 5 .
Municipio: Loiu. Provincia: Bizkaia CP 48180 .


CAPITULO II
ASAMBLEA GENERAL

Artículo 6. Naturaleza y composición.
La asamblea general es el órgano supremo de gobierno de la asociación y estará integrada por todos los asociados.

Artículo 7. Reuniones.
Las reuniones de la asamblea general serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año y las extraordinarias cuando las circunstancias lo aconsejen  según lo consideren la presidenta/e o la junta directiva o por escrito 1/3 de los asociados.

Artículo 8. Convocatorias.
Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito o de forma oral expresando el lugar, día y hora así como los asuntos a tratar.

Artículo 9. Adopción de acuerdos.
Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos simple.

CAPÍTULO III
JUNTA DIRECTIVA

Artículo 11. Composición.
La asociación será gestionada por la Junta Directiva formada por cuatro Presidentas que serán las vocales de solidaridad de las clases de 6º de EP, según el año del curso escolar y cuatro secretarias cuyo cargo será desempeñado por las responsables de Agenda 21 de las clases de 6º de EP, según el año del curso escolar. Todos los cargos serán gratuitos. Dichas alumnas fueron elegidas en el Primer Consejo de Curso del mes de septiembre del curso escolar y su mandato dentro de la Organización durará 1 curso escolar, 10 meses (De septiembre a Junio).

Artículo 12. Presidente.
Las presidentas tendrán las siguientes atribuciones:
Ø  Representar a la Asociación
Ø  Convocar y presidir la Asociación
Ø  Adoptar cualquier medida para la buena marcha de la Asociación.
Ø  Potenciar las acciones de sensibilización escolar.
Ø  Dar cuenta de sus acciones a la junta directiva.

Artículo 13. Secretarias.
Las secretarias tendrán a cargo la dirección de los trabajos puramente administrativos.

CAPÍTULO IV
SOCIOS/AS

Artículo 14. Requisitos.
Podrán pertenecer a la asociación aquellas personas que obren en interés del desarrollo de los fines de la Asociación.

Artículo 15. Clases.
Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios/as:
Ø  Promotores o fundadores
Ø  Voluntarios: aquellas personas que colaboran regularmente con su trabajo de forma gratuita.
Ø  Colaboradores: los que ayudan esporádicamente a los fines de la Asociación de una forma u otra.

Artículo 16. Bajas.
Todo miembro podrá dejar de pertenecer a la Asociación por petición propia, mediante solicitud por escrito dirigida a las Presidentas de la Asociación. Cuando un miembro cese su colaboración con la organización sin causa justificada, perderá su condición de miembro.

Artículo 17. Derechos.
Los socios tendrán los siguientes derechos:
Ø  Colaborar con su trabajo e iniciativas en cuantas actividades organice la Asociación para cumplir sus fines.
Ø  Participar con voz y voto.
Ø  Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva para el mejor cumplimiento de sus fines.

Artículo 18. Deberes.
Los socios tendrán las siguientes obligaciones:
Ø Cumplir los estatutos y acuerdos de las Asambleas y la Junta   Directiva.
Ø Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
Ø Desempeñar las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
Ø Trabajar de forma regular en la Asociación.

CAPITULO V
DISOLUCIÓN
Artículo 19. Disolución.
La asociación se disolverá voluntariamente cuando así lo acuerde la Asamblea General Extraordinaria.

Comentarios

Entradas populares de este blog

ENTREVISTA A MARIA GALLASTEGUI

LA JUNTA DIRECTIVA DE AYALDONG PRESENTA NUESTRA ONG EN LA ALCALDIA DE LOIU

SCIENCE PROJECT - PULSES